lunes, 9 de noviembre de 2015

PROCESO DE BEATIFICACIÓN Y CANONIZACIÓN (PARTE I)

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          📝PROCESO DE
           BEATIFICACIÓN
       Y CANONIZACIÓN📝
                (PARTE I)

Por canonización se entiende el acto pontificio por el que el Santo Padre declara que un fiel ha vivido la santidad 😇. El proceso de canonización es uno de los procesos especiales que están regidos por una norma específica. Por la canonización, se autoriza al pueblo cristiano la veneración del nuevo santo de acuerdo con las normas litúrgicas.

⛪️ Nuestra Iglesia nos enseña:
"Al canonizar a ciertos fieles, es decir, al proclamar solemnemente que esos fieles han practicado heróicamente las virtudes y han vivido en la fidelidad a la gracia de Dios, la Iglesia reconoce el poder del Espíritu de santidad que está en ella, y sostiene la esperanza de los fieles proponiendo a los santos como modelos e intercesores (cf Concilio Vaticano II, Lumen Gentium 40; 48-51). "Los santos y las santas han sido siempre fuente y origen de renovación en las circunstancias más difíciles de la historia de la Iglesia" (Christifideles Laici 16, 3)" (Catecismo de la Iglesia Católica 828).

📕 El canon 1403 declara que el proceso que se sigue en las causas de canonización se rige por una ley especial: Canon 1403 § 1: "Las causas de canonización de los Siervos de Dios se rigen por una ley pontificia peculiar".

📝 El procedimiento que se debe seguir en las causas de canonización está recogido actualmente en la Constitución Apostólica Divinus Perfectionis Magister, de 25 de enero de 1983 (AAS 75 (1983) 349-355) y en las Normae Servandae in Inquisitionibus ab episcopis faciendis in Causis Sanctorum promulgadas por la Congregación para las Causas de los Santos el 7 de febrero de 1983 (AAS 75 (1983) 396-403). Estas normas modifican y actualizan lo relativo a las causas de canonización, normas que recogen a veces experiencias muy antiguas.

Aquí les presentamos brevemente los 4 pasos para la Beatificación y luego Canonización de los Futuros Santos:

1⃣ Siervo de Dios: El Obispo diocesano y el Postulador de la Causa piden iniciar el proceso de canonización. Y presentan a la Santa Sede un informe sobre la vida y las virtudes de la persona. La Santa Sede, por medio de la Congregación para las Causas de los Santos, examina el informe y dicta el Decreto diciendo que nada impide iniciar la Causa (Decreto "Nihil obstat"). Este Decreto es la respuesta oficial de la Santa Sede a las autoridades diocesanas que han pedido iniciar el proceso canónico. Obtenido el Decreto de "Nihil obstat", el Obispo diocesano dicta el Decreto de Introducción de la Causa del ahora Siervo de Dios. En esta etapa también es donde el fiel postulado se le comienza a dar "fama" mediante la exhortación a que le conozcan por medio de estampillas, tarjetas y cualquier otro medio para difusión.

2⃣ Venerable: Esta parte del camino comprende cinco etapas:

      a) La primera etapa es el Proceso sobre la vida y las virtudes del Siervo de Dios. Un Tribunal, designado por el Obispo, recibe los testimonios 👥 de las personas que conocieron al Siervo de Dios. Ese Tribunal diocesano no da sentencia alguna, ésta queda reservada a la Congregación para las causas de los santos.

      b) La segunda etapa es el Proceso de los escritos 📃📝📑. Una comisión de censores, señalados también por el Obispo, analiza la ortodoxia de los escritos del Siervo de Dios.

      c) La tercera etapa se inicia terminados los dos procesos anteriores. El Relator de la Causa nombrado por la Congregación para las Causas de los Santos, elabora el documento denominado "Positio" 📂. En este documento se incluyen, además de los testimonios de los testigos, los principales aspectos de la vida, virtudes y escritos del Siervo de Dios.

      d) La cuarta etapa es la Discusión 👥💬👥 de la "Positio". Este documento, una vez impreso, es discutido por una Comisión de Teólogos consultores, nombrados por la Congregación para las Causas de los Santos. Después, en sesión solemne de Cardenales y Obispos, la Congregación para las Causas de los Santos, a su vez, discute el parecer de la Comisión de Teólogos.

      e) La quinta etapa es el Decreto del Santo Padre. Si la Congregación para las Causas de los Santos aprueba la "Positio", el Santo Padre dicta el Decreto de Heroicidad de Virtudes. El que era Siervo de Dios pasa a ser considerado Venerable 🙏🏻.

AAS (Acta Apostolicae sedis).

🙇🏻 PARA MEDITAR EN EL GOF:

   💭¿Conocías este proceso?
  🔎¿En tu país existe alguna causa abierta para canonizar a un fiel?

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🔹Elaborado por: Danny Calderón,  Mfc.
🔹Fuentes:
   ▫Catecismo de la Iglesia Católica.
   ▫Código de Derecho Canónico.
   ▫https://www.aciprensa.com/santasede/proceso.htm
   ▫http://es.catholic.net/op/articulos/24010/el-proceso-de-beatificacin-y-canonizacin.html

🔹Fecha: 09 de noviembre de 2015

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               (Jn 17, 21)

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